presentó el proyecto del paquete económico para 2020 que trae varios cambios importantes en las normas principales.
Pablo Castañeda Romero, socio de impuestos de la firma Caza consultores refirió que entre las normas con cambios están el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta e incluso al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
“En forma general podemos decir que este Paquete Económico busca lo mismo que todos los anteriores, que es recaudar más de donde mismo, es decir, aumentar los ingresos tributarios usando la misma base contributiva, cuando lo que debería hacer es atacar a uno de los principales problemas que es la Informalidad”, manifestó.
Señaló que dentro de los cambios para ISR e IVA que se proponen están los siguientes: Retención de impuesto para todos aquellos que hacen venta por catálogo; Retención de impuestos a quienes enajenen bienes, presten servicios de hospedaje o transporte a través de internet, aplicaciones informáticas, plataformas digitales y similares, adicional a que no podrán tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.
La retención, agregó, puede llegar a un 10% en el caso de hospedaje y 8% para transporte y en los arrendamientos, cuando se pida la renta ante autoridad judicial se podrá autorizar que se paguen las rentas vencidas al arrendador sólo si se expidieron las facturas respectivas (CFDI).
Al referirse a lo que se viene en el Código Fiscal, dijo que el uso del buzón tributario se vuelve obligatorio; se elimina de forma permanente la compensación universal (para 2019 sólo se eliminó en Ley de Ingresos, pero aún quedaba en el Código Fiscal).
Expresó que se incrementan las causas por las que un Certificado de Sello Digital se puede bloquear (archivos que se necesitan para poder expedir facturas / CFDI), y que algunas de las causas pueden ser: Si hay atrasos con un mes en la presentación de la declaración anual o no se presentan 2 declaraciones mensuales. Si la autoridad considera que no se puede localizar en el domicilio fiscal, cancela el sello en su primera gestión de notificación y si los medios de contacto para el buzón tributario no son correctos.
“Uno de los temas más polémicos y delicados es la revelación de esquemas reportables, que en palabras de la autoridad es cualquier esquema que genere o pueda generar, directa o indirectamente la obtención de un beneficio fiscal en México.
Y enlista alrededor de 29 supuestos donde los asesores fiscales deberán registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y el asesor y el contribuyente deberán notificar a ese organismo cualquier planeación fiscal, revelando sus detalles para solicitar a la autoridad una opinión favorable para utilizar el esquema, dicha opinión puede durar 8 meses en caso de que la autoridad considere que el esquema fue revelado de forma incompleta o con errores las multas podrán ascender a 20 millones de pesos.
Estos esquemas reportables no son invento de México, son una recomendación de la OCDE que realiza en un plan de acciones conocidos como BEBPS, precisamente la número 12 es la que habla sobre estas revelaciones, pero el objetivo es transparentar únicamente las planeaciones agresivas o abusivas, caso contrario a lo que podemos entender que pretende la autoridad mexicana porque a como está redactado el paquete económico puede abarcar casi todo tipo de asesoría”, manifestó.