Ciudad de México.- Con un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Salud prohibió la incineración de cuerpos no identificados e identificados, pero que no fueron reclamados y fallecieron a causa de Covid-19.
En el documento que se publicó en la edición vespertina del DOF, se prohíbe a todas las autoridades de todos los órdenes del gobierno, así como instituciones públicas o privadas que tengan a su cargo el manejo de los cadáveres, la incineración e inhumación de dichos cuerpos como lo establece la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas.
“Se prohíbe la incineración de los cuerpos no identificados o identificados, pero no reclamados, en todo el país fallecidos por Covid-19 o cualquier otra causa, así como inhumar los cadáveres de los cuerpos no identificados, o identificados, pero no reclamados, en las fosas comunes existentes”, añade.
El acuerdo indica que las autoridades deberán facilitar la trazabilidad de los cuerpos identificados y de los no identificados, “mediante el uso de tumbas individuales o fosas específicas para casos sospechosos o confirmados de Covid-19, claramente marcadas, que especifiquen que se trata de una defunción por la enfermedad por el virus SarsCov2”. En el caso de que los cuerpos sospechosos o confirmados de Covid-19, no se podrá realizar su exhumación antes de 180 días a partir de la fecha en que se haya inhumado.