Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la llamada Ley Bonilla, por la que el Congreso del estado de Baja California amplió de 2 a 5 años el periodo del gobernador de la entidad, es inconstitucional.
Por lo que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) considera inconstitucional la “Ley Bonilla”
Esa reforma violó los principios constitucionales de certeza en los procesos electorales, el de no reelección y el derecho a votar y ser votado, entre otros, expusieron por unanimidad los magistrados del TEPJF en escrito de opinión dirigido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dentro del proceso de análisis de los recursos de inconstitucionalidad contra esa norma.
Sobre las supuestas violaciones al proceso legislativo el TEPJF no se pronunció por no ser de índole electoral, pero en cambio determinó que el Decreto 351 del Congreso del estado por el que reformó la Constitución local para ampliar el mandato del gobierno de 2021 al 31 de octubre de 2024 es inconstitucional en varias vertientes electorales.
Esa reforma vulneró el principio de certeza garantizado en los artículos 105 y 116 de la Constitución, mismo que debe prevalecer en los procesos electorales, y que consiste en la prohibición a realizar modificaciones sustanciales a las leyes electorales 90 días previos al inicio de la etapa de preparación de las elecciones.