Plantea se reforme el artículo 129 del Código Penal para el Estado de Baja California
El diputado Miguel Peña Chávez presentó una iniciativa de reforma al artículo 129 del Código Penal para el estado de Baja California, con el objetivo de agravar la penalidad al delito de feminicidio en los casos cuando la víctima sea una mujer menor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad.
Así como cuando el sujeto activo sea un servidor público o haya existido una orden de protección previamente a la comisión del delito.
Señaló que los homicidios de niñas y mujeres son un problema grave e inadmisible, son parte de la violencia feminicida como culminación de la violación de sus derechos humanos y evidencian la ruptura del Estado de derecho en nuestro país.
El legislador refirió que cada vez con mayor frecuencia se conocen crímenes atroces contra niñas y mujeres de todas las edades en diversas entidades de la república y, a pesar de ello, el gobierno federal y los gobiernos estatales y municipales no han diseñado una política integral para enfrentarlos y para abatir la impunidad que los caracteriza.
Mencionó que los atentados contra la vida de las niñas y las mujeres no se dan en el vacío, sino que suceden en un entramado social de tolerancia y fomento a la violencia de género cotidiana, misógina y machista, contra niñas y mujeres.
Los homicidios, añadió, son su consecuencia y suceden tras procesos vitales marcados por la inseguridad y por escaladas de violencia, y situaciones extremas que culminan en muertes violentas y aún después de haber sido asesinadas, sus cuerpos son objeto de agresión.
Destacó que de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, SESNSP, en el primer semestre de 2023, 3 municipios correspondientes al estado de Baja California (Tijuana, Ensenada y Mexicali) se encuentran dentro de los primeros 50 con más alto índice de feminicidios en todo el país.
Consideró que es necesario homologar, a nivel local, todos los tipos de violencia contra las mujeres, incluidos el feminicidio y la violencia feminicida con la finalidad de lograr la coordinación para articular acciones que permitan prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de género contra las mujeres, en este caso, la violencia feminicida.
Con la reforma propuesta dijo que la pena se agravará hasta en un tercio cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad, así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición.
“Igualmente se considerará como tentativa de feminicidio a quien, teniendo la intención de privar de la vida a una mujer embarazada, provoque el nacimiento prematuro del producto, alteraciones a su salud, ya sea de forma temporal o permanente; o su muerte.
Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio, en su caso, también perderá todo derecho con relación a los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo previsto por la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos niñas, niños y adolescentes del Estado de Baja California”, finalizó.